Artículo 110 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

El trabajador que sea despedido sin justificación tiene derecho a recibir el salario correspondiente al período en que estuvo sin trabajar, además de una indemnización económica o a ser reincorporado a su puesto de trabajo, siendo él quien elige cuál de estas opciones prefiere.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Cuando el despido injustificado surta efecto, el trabajador tendrá derecho a la remuneración debida durante la suspensión del trabajo y a la indemnización, o a que se le reintegre al trabajo, a su elección.