Artículo 295 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
Las relaciones laborales en el transporte aéreo se rigen primordialmente por lo establecido en el título IV, sección I de la Ley de Aeronáutica Civil vigente, que regula específicamente cómo las empresas aéreas interactúan con sus trabajadores. En caso de que la Ley de Aeronáutica Civil no contenga disposiciones aplicables, se aplicarán las normas del Código del Trabajo hondureño.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las relaciones de trabajo de transporte aéreo se regirán por las disposiciones del título IV, Generalidades, Sección. I.Relaciones de las empresas con los trabajadores, de la Ley de Aeronáutica Civil vigente, y en su defecto por las disposiciones del presente Código.