Artículo 618 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
El artículo 618 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia legal y sus disposiciones han sido eliminadas del ordenamiento jurídico hondureño. Por lo tanto, no tiene aplicación práctica en casos actuales y no debe ser considerado como norma válida para ningún efecto legal.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Derogado.