Artículo 508 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

Las penas establecidas en este título pueden aumentarse hasta una cuarta parte adicional cuando el delito causa un daño grave a un servicio público o cuando los hechos son cometidos por miembros de una organización criminal. Estas circunstancias actúan como agravantes que justifican incrementar la sanción penal por encima de lo normalmente establecido.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Agravantes específicas. Las penas previstas en este título pueden incrementarse hasta un máximo de un cuarto (1/4) cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

Se causa con el delito un grave quebranto para un servicio público; o,Los hechos se cometen en el seno de un grupo delictivo organizado.