Artículo 121 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
El artículo establece que cuando un acto judicial necesita más tiempo del inicialmente planeado, se deben aplicar las reglas sobre concentración procesal establecidas en el Código. Todas las decisiones tomadas sobre esta extensión de tiempo deben ser registradas formalmente en el acta de la diligencia.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Actuación diferida. Cuando la actuación judicial requiera más tiempo del previsto se estará a lo dispuesto en este Código al regular el principio de concentración. Las decisiones al respecto se harán constar en el acta.