Artículo 601 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El proceso abreviado es un procedimiento rápido para resolver demandas sobre posesión de bienes, incluyendo casos donde alguien hereda bienes sin posesión actual, cuando hay despojo o perturbación en el disfrute de cosas o derechos, y cuando se necesita suspender o demoler obras o construcciones que amenacen daño. También comprende otras demandas especiales establecidas en el Código Civil.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Objeto y pretensiones. A través del proceso abreviado se conocerán y tramitarán por el procedimiento abreviado las siguientes demandas:

Las que pretendan que el órgano jurisdiccional ponga en posesión de bienes a quien los hubiere adquirido por herencia, si no estuvieren siendo poseídos por nadie a título de dueño o usufructuario.Las que pretendan la tutela de la tenencia o de la posesión de una cosa o derecho por quien haya sido despojado de ellas o perturbado en su disfrute.Las que pretendan que el órgano jurisdiccional resuelva la suspensión de una obra nueva.Las que pretendan que el órgano jurisdiccional resuelva la demolición o derribo de obra, edificio, árbol, columna o cualquier otro objeto análogo en estado de ruina y que amenace causar daños a quien demande.Las demás establecidas en el Código Civil.