Artículo 622 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El administrador o gestor de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal no puede ser ejecutado judicialmente si demuestra ante el tribunal que no es copropietario, que actúa en calidad de gestor y que representa a la entidad frente a terceros. Esta protección busca evitar que se persiga patrimonialmente al administrador por obligaciones que corresponden a la comunidad.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Sentencia y ejecución. En el caso de comunidades de propietarios de inmuebles en régimen de propiedad horizontal no podrá despacharse ejecución frente al gestor o administrador de la misma, siempre que este acredite cumplidamente, a juicio del tribunal, no ser copropietario, la condición de gestor y la actuación ante terceros en nombre de la entidad.