Artículo 704 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
Los escritos que interponen recursos devolutivos deben incluir una fundamentación clara de lo solicitado, especificando el daño o agravio que se ha sufrido y el vicio o error que lo provocó. Además, debe identificarse con exactitud cuál es la parte de la sentencia o pronunciamiento que se está impugnando.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Regla general de fundamentación de los recursos devolutivos. Sin perjuicio de las concretas exigencias que puedan regularse en este Código, los escritos de interposición, adhesión, oposición o impugnación de un recurso devolutivo deberán contener la fundamentación de lo pedido, con determinación en todo caso del perjuicio o agravio sufrido e identificación del vicio o error que lo causa. Asimismo, se identificará con total precisión el pronunciamiento o parte de él que se impugna.