Artículo 375 del Código Procesal Penal de Honduras

En palabras simples

El artículo 375 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia legal y no puede ser aplicado en los procedimientos judicales o administrativos. Esta derogación implica que cualquier norma que estuviese contenida en este artículo fue eliminada del ordenamiento jurídico hondureño y ha sido sustituida o simplemente suprimida sin reemplazo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Derogado.