Artículo 379 del Código Procesal Penal de Honduras
En palabras simples
El artículo 379 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal ni produce efecto jurídico alguno. Esta disposición fue eliminada del ordenamiento legal hondureño y, por lo tanto, no puede ser aplicada ni invocada en procedimientos legales.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Derogado.