Artículo 114 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
Todos los hijos tienen exactamente los mismos derechos y obligaciones, sin importar si son nacidos dentro o fuera del matrimonio. La ley prohíbe cualquier distinción o anotación en los registros y documentos que diferencie a los hijos según su origen o el estado civil de sus padres.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Todos los hijos tienen los mismos derechos y deberes.
No se reconocen calificaciones sobre la naturaleza de la filiación. En ningún registro o documentos referente a la filiación se consignará declaración alguna diferenciando los nacimientos ni señalando el estado civil de los padres.