Artículo 139 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
El Estado debe fomentar, organizar y controlar los mecanismos de conciliación y arbitraje como formas pacíficas para resolver disputas laborales. Esta obligación estatal busca que los conflictos entre empleadores y trabajadores se solucionen sin necesidad de llegar a procesos judiciales contenciosos.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El Estado tiene la obligación de promover, organizar y regular la conciliación y el arbitraje para la solución pacífica de los conflictos de trabajo.