Artículo 169 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

El Estado tiene la responsabilidad de mantener y promover la educación para las personas con discapacidad. Esta disposición establece un deber estatal de garantizar que los minusválidos tengan acceso a oportunidades educativas, asegurando así su inclusión y desarrollo en el sistema educativo nacional.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El Estado sostendrá y fomentará la educación de los minusválidos.