Artículo 171 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

La educación oficial en Honduras debe ser gratuita y obligatoria, cubriendo un año de educación prebásica y la totalidad de los niveles básico y medio, siendo el Estado responsable de financiar completamente estos gastos. El Estado tiene la obligación de establecer los mecanismos necesarios para garantizar que todos cumplan con esta obligación educativa.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La educación impartida oficialmente será gratuita y obligatoria. Por un año en el nivel prebásico y en su totalidad en los niveles básicos y medio, totalmente costeados por el Estado, quien establecerá los mecanismos de compulsión para hacer efectiva esta disposición.