Artículo 321 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

Los funcionarios públicos solo pueden ejercer las atribuciones que la ley les otorga de manera explícita, sin poder actuar más allá de estos límites. Cualquier acción que realicen fuera del marco legal es considerada nula y genera responsabilidad personal para quien la ejecuta.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e implica responsabilidad.