Artículo 336 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

La inversión extranjera en Honduras requiere autorización, registro y supervisión estatal, funcionando como complemento y no como sustituto de la inversión nacional. Las empresas extranjeras deben cumplir con todas las leyes de la República sin excepción.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La inversión extranjera será autorizada, registrada y supervisada por el Estado. Será complementaria y jamás sustitutiva de la inversión nacional.

Las empresas extranjeras se sujetarán a las leyes de la República.