Artículo 346 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

El Estado tiene la obligación de proteger los derechos e intereses de las comunidades indígenas que viven en Honduras, con énfasis especial en resguardar las tierras y bosques que ocupan. Esta protección incluye garantizar que estas comunidades puedan mantener sus territorios y recursos naturales sin ser despojadas de ellos.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Es deber del Estado dictar medidas de protección de los derechos e intereses de las comunidades indígenas existentes en el país, especialmente de las tierras y bosques donde estuvieren asentadas.