Artículo 367 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
El Poder Ejecutivo tiene la obligación de presentar ante el Congreso Nacional el proyecto de Presupuesto dentro de los primeros quince días del mes de septiembre de cada año. Esta presentación temprana permite que el Congreso Nacional disponga del tiempo necesario para revisar, analizar y aprobar el presupuesto antes del inicio del ejercicio fiscal del año siguiente.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El proyecto de Presupuesto será presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, dentro de los primeros quince (15) días del mes de septiembre de cada año.