Artículo 39 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
Todo ciudadano hondureño tiene la obligación legal de inscribirse en el Registro Nacional de las Personas, que es el sistema oficial del Estado para identificar y documentar a la población. Esta inscripción es un requisito fundamental para que el Estado pueda ejercer control administrativo y garantizar los derechos civiles de cada persona.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Todo hondureño deberá ser inscrito en el Registro Nacional de las Personas.