Convenio n.° 105 relativo a la abolición del trabajo forzoso de Honduras

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Convenio OIT 105 que obliga a abolir el trabajo forzoso como coerción política, disciplina laboral o discriminación.

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Libro Preliminar

General

Artículo 1

Todo Miembro de la Organización Internacional del Trabajo que ratifique el presente Convenio se obliga a suprimir y a no haber uso de ninguna forma de trabajo forzoso u obligatorio: Como medio de coerción o de educación política o como castigo por tener o expresar determinadas opiniones políticas o por manifestar oposición ideológica al orden político, social o económico establecido;Como método de movilización y utilización de la mano de obra con fines de fomento económico;Como medida de disciplina en el trabajo;Como castigo por haber participado en huelgas;Como medida de discriminación racial, social, nacional o religiosa.

Artículo 2

Todo Miembro de la Organización Internacional del Trabajo que ratifique el presente Convenio se obliga a tomar medidas eficaces para la abolición inmediata y completa del trabajo forzoso u obligatorio, según se describe en el Artículo 1 de este Convenio.

Artículo 3

Las ratificaciones formales del presente Convenio serán comunicadas, para su registro, al Director General de la Oficina Internacional del Trabajo.

Artículo 4

Artículo 5

Artículo 6

Artículo 7

El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo comunicará al Secretario General de las Naciones Unidas, a los efectos del registro y de conformidad con el Art.102 de la Carta de las Naciones Unidas, una información completa sobre todas las ratificaciones, declaraciones y actas de denuncia que haya registrado de acuerdo con los artículos precedentes.

Artículo 8

Cada vez que lo estime necesario, el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo presentará a la Conferencia una memoria sobre la aplicación del Convenio, y considerará la conveniencia de incluir en el orden del día de la Conferencia la cuestión de su revisión total o parcial.

Artículo 9

Artículo 10

Las versiones inglesa y francesa del texto de este Convenio son igualmente auténticas. CONSIDERANDO: Que las estipulaciones contenidas en el Convenio n.° 105 relativas a la Abolición del Trabajo Forzoso están en un todo de acuerdo con la ideología sustentada por los preceptos de nuestra Constitución Política; CONSIDERANDO: Que con fecha 15 de noviembre de 1956, mediante el Decreto n.° 24 emitido por la Junta Militar de Gobierno, nuestro país aprobó y ratificó el Convenio Relativo al Trabajo Forzoso u Obligatorio de fecha 28 de junio de 1930, adoptado por la propia Organización Internacional del Trabajo; y siendo el Convenio a que se contrae el presente Acuerdo, una ampliación o complemento de aquel, es procedente su aprobación y ratificación; Por tanto, el Presidente de la República, ACUERDA: Aprobar el Convenio n.° 105 relativo a la Abolición del Trabajo Forzoso; yQue del presente Acuerdo se dé cuenta al Soberano Congreso Nacional en sus actuales sesiones, para los fines de ley. Dado en el Palacio Nacional, Tegucigalpa, D.C., a los diez días del mes de marzo de mil novecientos cincuenta y ocho. COMUNÍQUESE RAMÓN VILLEDA MORALES El Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, ANDRÉS ALVARADO PUERTO

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Convenio n.° 105 relativo a la abolición del trabajo forzoso de Honduras?

Convenio OIT 105 que obliga a abolir el trabajo forzoso como coerción política, disciplina laboral o discriminación.

¿El Convenio n.° 105 relativo a la abolición del trabajo forzoso de Honduras está vigente y actualizado?

Sí. Este es el Convenio n.° 105 relativo a la abolición del trabajo forzoso vigente y actualizado 2026: el articulado se consolida con lo publicado en La Gaceta. Si buscas el Convenio n.° 105 relativo a la abolición del trabajo forzoso actualizado, el Convenio n.° 105 relativo a la abolición del trabajo forzoso vigente o el Convenio n.° 105 relativo a la abolición del trabajo forzoso texto completo, esta URL es la respuesta.

¿Dónde consultar el Convenio n.° 105 relativo a la abolición del trabajo forzoso de Honduras texto completo?

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