Decreto de asignación presupuestaria anual al Centro de Rehabilitación Integral de Colón (CRICOL) de Honduras
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Publicada en La Gaceta N° 37,081.
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General
Sección B — Sección A Acuerdos y Leyes
Artículo 1
Condonar y Exonerar de manera total, definitiva e irrevocable a la FUNDACIÓN HERMANAS DE JESÚS “BUEN SAMARITANO”, ubicada en la Colonia Villa Florencia, de la Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, del pago de la deuda por servicio de Energía Eléctrica mantenida con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), correspondientes a las claves 1880591, 778889, 481753.
Artículo 2
Los fondos autorizados serán de uso exclusivo para el Centro de Rehabilitación Integral de Colón (CRICOL), para cumplir con los propósitos de dicho Centro Integral, en atención a los ciudadanos que soliciten sus servicios.
Artículo 3
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 26 de febrero de 2026. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA A.
Artículo 4
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), deberá realizar los ajustes administrativos, técnicos y contables necesario para dejar los suministros referidos en saldo cero y en condonación.
Artículo 5
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. A.