Decreto No. 19-2026 de Honduras

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Publicada en La Gaceta N° 37,099.

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General

Sección B — Sección A Acuerdos y Leyes

Artículo 1

Dispensar al CONSEJO DE MUNICIPIOS DEL SUR DE SANTA BÁRBARA (CODEMUSSBA), del pago de derechos arancelarios, a la importación, impuestos, tasas y sobre tasas aduaneras, cargos, recargos, almacenaje o parqueo y cualquier otro tributo, relacionado a la importación y nacionalización de las siguientes unidades: 1) TIPO DE VEHÍCULO: AMBULANCIA MARCA DE CARROCERÍA: TOYOTA AÑO: 2007 NÚMERO DE CHASIS: TRH226-0002925 MODELO DE MOTOR: 2TR NÚMERO DE MOTOR: 2TR-0519636 2) TIPO DE VEHÍCULO: AMBULANCIA MARCA DE CARROCERÍA: TOYOTA AÑO: 2010 A.

Artículo 2

El Congreso Nacional debe ordenar respetuosamente a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), para que contemple la utilización de helicópteros en aquellos casos en que los criterios médicos así lo determinen y las condiciones operativas lo permitan.

Artículo 3

Instrúyase a la Administración Aduanera de Honduras y a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que, en el ámbito de sus competencias, apliquen la presente dispensa conforme a la normativa aduanera y tributaria vigente, verificando la documentación que acredite la donación y el destino público de los bienes.

Artículo 4

Autorizar a la ALCALDÍA MUNICIPAL DE PATUCA DEL DEPARTAMENTO DE OLANCHO, para realizar la compra directa de una ambulancia nueva, con las siguientes características: - VEHÍCULO: TOYOTA. - AÑO: 2026. - TIPO: AMBULANCIA L/C 70, 4X4 MECÁNICA, 4 PUERTAS, 6 PASAJEROS. - MODELO: HZJ78L-RJMRS. - CILINDRADA: 4164 - MOTOR: 1HZ1126316. - SERIE: JTERB71J30F038865. - PESO: 2,555 KGS. - PROCEDENCIA: JAPÓN, POR INTER- MEDIARIO CORPORACIÓN FLORES S.A. - ADUANA: TONCONTÍN. A.

Sección A Acuerdos y Leyes

Artículo 5

La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), debe realizar las acciones administrativas y presupuestarias para establecer, en coordinación con la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), la consignación presupuestaria a la Fuerza Aérea Hondureña (FAH), por vía de transferencia interna y directa, utilizando las fuentes de recursos que se determinen pertinentes para dar vigencia a lo dispuesto en el Artículo anterior.

Artículo 6

Instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y a la Administración Aduanera de Honduras (AAH), a fin de que realicen las diligencias necesarias para el cumplimiento de la exoneración y los trámites necesarios que conlleven a la adquisición e introducción de la ambulancia descrita en el presente Decreto, cuya cotización se adjunta.

Artículo 7

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA M. SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de febrero de 2026. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Poder Legislativo DECRETO No. 19-2026 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República de Honduras, reconoce como deber fundamental del Estado garantizar el derecho a la vida y a la salud, debiendo adoptar medidas que faciliten el acceso oportuno a servicios médicos, especialmente en zonas rurales y de difícil acceso. CONSIDERANDO: Que el Código Tributario establece el Principio de Legalidad Tributaria, disponiendo que todo tributo, así como sus exenciones, dispensas o beneficios fiscales, deben ser creados o autorizados mediante Ley formal y de manera expresa. CONSIDERANDO: Que el CONSEJO DE MUNICIPIOS DEL SUR DE SANTA BÁRBARA (CODEMUSSBA), ha recibido en calidad de donación gratuita dos (2) Ambulancias, Marca Toyota, Año 2007, Chasis Número TRH226-0002925, Modelo de Motor 2TR, Número de Motor 2TR-0519636, la segunda Ambulancia Año 2010, Número de Chasis TRH226- 0008026, Modelo de Motor 2TR, Número de Motor 2TR- 8294667. CONSIDERANDO: Que con la finalidad de Autorizar y Exonerar la compra de una Ambulancia para la Municipalidad de Patuca, Departamento de Olancho. Esta iniciativa responde a una situación de emergencia sanitaria estructural, especialmente en zonas rurales donde el acceso oportuno A.

Sección B Avisos Legales

Artículo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 F., 5 y 20 M. 2026 GAMARDE Número de Solicitud: 2025-1606 Fecha de Presentación: 2025-03-11 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS GRIN, S.A. DE C.V. Domicilio: RODRIGUEZ SARO #630, COLONIA DEL VALLE, C.P.03100, BENITO JUÁREZ, CIUDAD DE MÉXICO, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sarai Maruoso Arkoulis Caballero E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para uso oftalmológico; preparaciones y sustancias oftálmicas; gotas y soluciones para los ojos; preparaciones para limpiar lentes de contacto; soluciones _______ KEDROP Número de Solicitud: 2024-7033 Fecha de Presentación: 2024-10-28 Fecha de emisión: 11 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PayPal, Inc. Domicilio: 2211 North First Street San Jose, California 95131USA, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sarai Maruoso Arkoulis Caballero E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PAYPAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se considera bajo el tipo de signo "DENOMINATIVO". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad, mercadotecnia y promoción; promoción de productos de terceros, a saber, suministro de información sobre descuentos, cupones, rebajas, vales y ofertas especiales de productos de terceros; promoción de productos y servicios de terceros mediante el suministro de enlaces de hipertexto a los sitios web de terceros; promoción de productos y servicios de terceros mediante el suministro de un sitio web con enlaces a los sitios web minoristas en línea de terceros; servicios de consultoria empresarial en el ámbito de los pagos en línea; gestión empresarial y seguimiento de tarjetas de crédito, tarjetas de débito, ACH, tarjetas de prepago, tarjetas de pago y otras formas de transacciones de pago a través de redes de comunicaciones electrónicas con fines empresariales; gestión de información empresarial, a saber, informes electrónicos de análisis empresariales relativos al procesamiento de pagos, autenticación, seguimiento y facturación; gestión empresarial, a saber, optimización de pagos para empresas; promoción de la venta de bienes y servicios de terceros proporcionando un sitio web con ofertas, descuentos, cupones, rebajas, recompensas, vales, seguimiento de precios, notificaciones de precios, información sobre comparaciones de precios, enlaces a sitios web minoristas de terceros, material promocional e información sobre descuentos; promoción de la venta de bienes y servicios de terceros proporcionando aplicaciones interactivas en línea con ofertas, descuentos, cupones, rebajas, recompensas, vales, seguimiento de precios, notificaciones de precios, información sobre comparaciones de precios, enlaces a sitios web minoristas de terceros, material promocional e información sobre descuentos; proporcionar programas de premios de incentivo mediante la emisión y el procesamiento de puntos de fidelidad por la compra de bienes y servicios de terceros; servicios de fidelización de clientes con fines comerciales, promocionales y/o publicitarios, a saber, la administración de un programa que permite a los participantes obtener y canjear puntos o premios por bienes y/o servicios; conciliación de transacciones financieras a través de una red informática mundial y redes inalámbricas, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Decreto No. 19-2026 de Honduras?

Publicada en La Gaceta N° 37,099.

¿El Decreto No. 19-2026 de Honduras está vigente y actualizado?

Sí. Este es el Decreto No. 19-2026 vigente y actualizado 2026: el articulado se consolida con lo publicado en La Gaceta. Si buscas el Decreto No. 19-2026 actualizado, el Decreto No. 19-2026 vigente o el Decreto No. 19-2026 texto completo, esta URL es la respuesta.

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¿Cuál es el decreto del Decreto No. 19-2026?

El Decreto No. 19-2026 corresponde al 19-2026, según La Gaceta de Honduras.

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