Artículo 1014 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El testamento privilegiado es aquél que se otorga sin la intervención de un notario, permitiendo formas especiales en situaciones extraordinarias. Estos incluyen el testamento militar, que pueden realizar los militares en campaña, y el testamento marítimo, que pueden hacer las personas a bordo de un buque. Estas modalidades están diseñadas para garantizar que las personas puedan dejar constancia de su última voluntad incluso en circunstancias donde no es posible acceder a los trámites notariales ordinarios.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Son testamentos menos solemnes o privilegiados:
El otorgado sin asistencia de notario.El testamento militar.El testamento marítimo.