Artículo 1019 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El testamento puede otorgarse verbalmente cuando resulte imposible hacerlo por escrito, y esta forma es válida incluso si los testigos no saben escribir. Esta disposición permite que personas en circunstancias especiales o de emergencia puedan testar oralmente sin que la analfabetismo de los testigos afecte la validez del acto.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
En los casos de los dos artículos anteriores, el testamento se hará verbalmente, cuando no fuere posible escribirlo; y será válido aunque los testigos no sepan escribir.