Artículo 1036 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Todas las personas que se encuentren a bordo de un buque de guerra hondureño en alta mar, incluyendo tanto la oficialidad y tripulación como cualquier otro pasajero, tienen el derecho de hacer testamento siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 1033. Esta norma amplía la capacidad testamentaria a todos los individuos presentes en la embarcación, sin restricción de su condición o cargo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Podrán testar en la forma prescrita por el artículo 1033, no solo los individuos de la oficialidad y tripulación, sino cualesquiera otros que se hallaren a bordo del buque de guerra hondureño en alta mar.