Artículo 1059 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
La condición de permanecer viuda o viudo se considera inválida, excepto cuando la persona que recibe la herencia tiene al menos un hijo del matrimonio anterior al momento en que se le otorga la asignación. Esta norma protege el derecho a contraer nuevo matrimonio, permitiendo que las viudas y viudos sin hijos del matrimonio anterior puedan casarse nuevamente sin perder su herencia.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Se tendrá asimismo por no puesta la condición de permanecer en estado de viudez, a menos que el asignatario tenga uno (1) o más hijos del anterior matrimonio, al tiempo de deferírsele la asignación.