Artículo 1060 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El artículo permite que se asigne a una mujer soltera o viuda un derecho de usufructo, uso o habitación sobre bienes, o una pensión periódica, para garantizar su subsistencia durante ese tiempo. Esta disposición no contradice lo establecido en los artículos anteriores sobre sucesiones y herencias.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los artículos precedentes no se oponen a que se provea a la subsistencia de una mujer mientras permanezca soltera o viuda, dejándole por ese tiempo un derecho de usufructo, de uso o de habitación, o una pensión periódica.