Artículo 1078 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Si la condición impuesta en un testamento consiste en realizar una acción que no depende de quién la ejecute para alcanzar el propósito del testador, entonces los herederos del beneficiario pueden cumplirla en su lugar. Esto significa que la obligación de ejecutar ese hecho puede traspasar a los sucesores del asignatario cuando la naturaleza de la acción lo permite.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si el modo consiste en un hecho tal que para el fin que el testador se haya propuesto sea indiferente la persona que lo ejecute, es transmisible a los herederos del asignatario.