Artículo 1107 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El legatario que recibe una propiedad específica por herencia adquiere también todas las servidumbres y cargas reales que pesen sobre esa propiedad. Esto significa que los derechos de paso, acueductos u otras restricciones que afecten el bien se transmiten junto con el legado sin que el heredero pueda rechazarlos.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La especie legada pasa al legatario con sus servidumbres y demás cargas reales.