Artículo 1142 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

En materia de obligaciones, es posible que un único deudor sea reemplazado por varios deudores, o que varios deudores sean reemplazados por uno solo. Esta sustitución de partes en la obligación permite flexibilidad en las relaciones contractuales cuando las partes lo acuerdan.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Se puede sustituir uno a muchos y muchos a uno.