Artículo 1258 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

En caso de pago por saneamiento, los costos se reparten entre los participantes según la proporción de sus cuotas. Si uno de los partícipes es insolvente y no puede pagar su parte, la porción que le corresponde se distribuye entre los demás participantes a prorrata de sus cuotas, incluyendo al que tiene derecho a ser indemnizado.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El pago del saneamiento se divide entre los partícipes a prorrata de sus cuotas.

La porción del insolvente gravará a todos a prorrata de sus cuotas, incluso el que ha de ser indemnizado.