Artículo 1349 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Las obligaciones civiles que surgen de actos delictivos o infracciones están reguladas completamente por lo establecido en el Código Penal de Honduras. Esto significa que cuando una persona comete un delito o falta, las consecuencias civiles derivadas de esa conducta se rigen por las normas penales y no por las disposiciones generales del derecho civil.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las obligaciones civiles que nazcan de los delitos o faltas, se regirán por las disposiciones del Código Penal.