Artículo 1378 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Las obligaciones que dependen de condiciones imposibles, que van contra las buenas costumbres o que están prohibidas por la ley quedan sin efecto y no son vinculantes. Cuando se establece una condición de no hacer algo que es imposible de realizar, esa condición se considera como si nunca hubiera sido incluida en el contrato.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las condiciones imposibles, las contrarias a las buenas costumbres y las prohibidas por la ley, anularán la obligación que de ellas dependa.

La condición de no hacer una cosa imposible se tiene por no puesta.