Artículo 1393 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El deudor que tiene la obligación de realizar varias prestaciones diferentes puede elegir cuál de ellas cumplir completamente, pero debe ejecutarla en su totalidad. El acreedor no está obligado a aceptar pagos parciales de distintas prestaciones, sino que debe recibir el cumplimiento completo de una sola.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El obligado alternativamente a diversas prestaciones, debe cumplir por completo una de estas.
El acreedor no puede ser compelido a recibir parte de una y parte de otra.