Artículo 1466 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
La entrega voluntaria de un documento privado que prueba una deuda, realizada por el acreedor al deudor, significa que el acreedor renuncia a su derecho de cobrar esa deuda. Esta entrega se considera una renuncia implícita a cualquier acción legal que el acreedor pudiera ejercer para exigir el pago.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La entrega del documento privado justificativo de un crédito, hecha voluntariamente por el acreedor al deudor, implica la renuncia de la acción que el primero tenía contra el segundo.