Artículo 1472 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Cuando una persona reúne simultáneamente las posiciones de acreedor y deudor en una misma obligación mancomunada, la confusión solo extingue la deuda en la parte que corresponde a esa persona. La obligación se mantiene vigente para los demás acreedores o deudores por el resto del monto adeudado.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La confusión no extingue la deuda mancomunada sino en la porción correspondiente al acreedor o deudor en quien concurran los dos conceptos.