Artículo 1564 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El objeto de un contrato que consista en un hecho debe ser posible tanto física como moralmente para ser válido. Un hecho es físicamente imposible cuando va contra la naturaleza, mientras que es moralmente imposible cuando está prohibido por la ley, viola las buenas costumbres o atenta contra el orden público. Por lo tanto, los contratos cuyo objeto sea un hecho imposible física o moralmente carecen de validez legal.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si el objeto del contrato es un hecho, es necesario que sea física y moralmente posible. Es físicamente imposible el que es contrario a la naturaleza, y moralmente imposible el prohibido por las leyes o contrario a las buenas costumbres o al orden público.