Artículo 1656 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El vendedor es responsable si el animal muere dentro de tres días después de la compra, siempre que la enfermedad que causó la muerte haya existido antes de realizar el contrato, según lo determine un perito o profesional veterinario. Esta norma protege al comprador de animales enfermos vendidos sin revelar su condición previa.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Si el animal muriese a los tres (3) días de comprado, será responsable el vendedor, siempre que la enfermedad que ocasionó la muerte existiera antes del contrato, a juicio de los facultativos.