Artículo 1671 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El vendedor de una herencia que no especifica detalladamente los bienes que la integran solo responde por garantizar que es verdaderamente heredero, mas no por la existencia o cantidad de los bienes hereditarios. Esta limitación en la responsabilidad protege al vendedor cuando no ha hecho una enumeración clara de lo que vende, ya que el comprador adquiere la herencia tal como existe sin garantías específicas sobre su contenido.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El que venda una herencia sin enumerar las cosas de que se compone, solo estará obligado a responder de su calidad de heredero.