Artículo 1881 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La sociedad que fue creada por un período específico puede extender su duración si todos los socios están de acuerdo. Este consentimiento puede ser dado de forma explícita o implícita, y se puede demostrar mediante los procedimientos legales comunes.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La sociedad constituida por tiempo determinado puede prorrogarse por consentimiento de todos los socios.

El consentimiento puede ser expreso o tácito, y se justificará por los medios ordinarios.