Artículo 1912 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El mandante tiene el derecho de revocar el mandato en cualquier momento según su voluntad, sin necesidad de justificación. Además, puede exigir al mandatario que le devuelva el documento que contiene el poder o autorización otorgado. Esta disposición protege los intereses del mandante al permitirle terminar la relación de representación cuando lo considere necesario.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El mandante puede revocar el mandato a su voluntad, y compeler al mandatario a la devolución del documento en que conste el mandato.