Artículo 2024 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La fianza puede garantizar deudas futuras incluso cuando aún no se conoce su monto exacto. Sin embargo, no se puede ejercer acción legal contra el fiador hasta que la deuda se haya liquidado y sea conocida con certeza.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Puede también prestarse fianza en garantía de deudas futuras cuyo importe no sea aun conocido; pero no se podrá reclamar contra el fiador hasta que la deuda sea líquida.