Artículo 2069 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El deudor tiene la facultad de sustituir la prenda que ha dejado en garantía por otra de valor igual o superior, siempre que pueda demostrar que existe una razón justificada para hacerlo. Esta sustitución requiere que la nueva prenda mantenga o supere el valor de la original, garantizando así los derechos del acreedor.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Puede el deudor cambiar una prenda con otra de igual o mayor valor, comprobando la necesidad.