Artículo 2095 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Cuando se devuelve un objeto que fue empeñado, se entiende automáticamente que el acreedor ha renunciado a su derecho sobre esa prenda, a menos que demuestre que no fue así. En otras palabras, la simple devolución del bien empeñado implica que el acreedor ha perdonado su deuda, salvo prueba en contrario.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La restitución de la cosa empeñada presupone la remisión del derecho a la prenda, si el acreedor no probase lo contrario.