Artículo 2118 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Después de que se realiza una venta judicial de un inmueble, el deudor puede reclamar en juicio ordinario si considera que tuvo derechos vulnerados durante la ejecución, sin embargo, esto no afecta la validez de la venta ya realizada a favor del tercero comprador. En otras palabras, el deudor puede defender sus derechos procesales, pero la transferencia de propiedad del inmueble al comprador permanece firme e intocable.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Realizada la venta judicial, el deudor podrá hacer valer, en vía ordinaria, los derechos que le asistan a causa de la ejecución; pero sin que por eso deje de quedar firme la venta del inmueble hecha a favor de un tercero.