Artículo 2152 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El acreedor hipotecario tiene el derecho de exigir la venta del inmueble hipotecado sin las servidumbres que haya impuesto un tercero que lo posea, lo que significa que puede buscar que se eliminen las cargas que afecten la propiedad antes de su venta para garantizar mejor pago de su deuda. Esta disposición protege los intereses del acreedor al permitirle obtener un bien libre de gravámenes adicionales que reduzcan su valor y faciliten el cobro de lo adeudado.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los acreedores pueden demandar que el inmueble hipotecado se venda libre de las servidumbres que le hubiere impuesto el tercer poseedor.