Artículo 2300 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La prescripción para exigir rendición de cuentas comienza a correr desde el día en que la persona responsable dejó su cargo. Para la acción relacionada con el resultado de las cuentas, el plazo de prescripción inicia desde la fecha en que las partes interesadas aceptaron conformes ese resultado.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El término de la prescripción de las acciones para exigir rendición de cuentas corre desde el día en que cesaron en sus cargos los que debían rendirlas.

El correspondiente a la acción por el resultado de las cuentas, desde la fecha en que fue este reconocido por conformidad de las partes interesadas.