Artículo 2351 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La anotación preventiva de la demanda anula cualquier venta o transferencia de propiedad que ocurra después de que se haya hecho dicha anotación en el registro. Los efectos de esta anotación se mantienen vigentes hasta que un juez ordene mediante decreto su cancelación.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La anotación preventiva de la demanda en el caso del número 1.º del artículo 2349, anula la enajenación posterior a la anotación, y duran sus efectos hasta que, por decreto judicial, se ordene la cancelación.