Artículo 2365 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Los registradores tienen la responsabilidad de verificar la capacidad legal de las personas y revisar que los documentos cumplan con los requisitos formales antes de procesar cancelaciones, aplicando los mismos criterios utilizados en las inscripciones. Si una autoridad carece claramente de competencia para ordenar una cancelación, los registradores deben rechazar dicha solicitud.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los registradores calificarán la capacidad civil de las personas y las formas extrínsecas de las escrituras o despachos en virtud de los cuales se soliciten las cancelaciones, de la misma manera que se ha prevenido para las inscripciones.

Los registradores denegarán la cancelación ordenada por una autoridad manifiestamente incompetente.