Artículo 437 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Las tutelas y curadurías establecidas en testamento pueden estar sujetas a condiciones que suspendan o terminen sus efectos, así como a plazos específicos que determinen cuándo comienzan o finalizan. Esto significa que quien instituye a un tutor o curador en su testamento tiene la libertad de establecer términos y condiciones que regulen el ejercicio de estas funciones de protección.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las tutelas y curadurías testamentarias admiten condición suspensiva y resolutoria, y señalamiento de día cierto en que principien o expiren.